Conoce las sanciones más comunes de la AEPD por poner videovigilancia sin permiso

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El AEPD y la LOPDGDD establece unos requisitos para instalar estos dispositivos en zonas públicas y privadas. Te contamos cuáles son y la multa por poner cámara de vigilancia a la que te puedes enfrentar si los incumples: desde 900 hasta 600.000 €. ¡Resuelve tus dudas!

¿Qué dice la ley sobre la videovigilancia?

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) es la entidad encargada de garantizar y proteger los derechos fundamentales en relación con el tratamiento de datos personales. La instalación de cámaras sin los permisos adecuados puede derivar en sanciones importantes.

La normativa española sobre videovigilancia está regulada por el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) y la Ley Orgánica de Protección de Datos y Garantía de los Derechos Digitales (LOPDGDD). Estas leyes permiten la instalación de cámaras de vigilancia, pero establecen requisitos clave:

  • Finalidad legítima: Las cámaras deben tener un propósito válido y proporcional, como la seguridad de bienes y personas.
  • Principio de proporcionalidad: No se pueden usar cámaras de manera excesiva o invasiva.
  • Información y transparencia: Es obligatorio colocar carteles visibles informando sobre la presencia de cámaras y los responsables del tratamiento de los datos.
  • Registro de actividades: El responsable debe llevar un registro detallado del uso de las cámaras.

¿Tienes alguna duda sobre la videovigilancia?

Nuestros profesionales conocen perfectamente la normativa vigente. Te ayudaremos en lo que necesites, para mejorar la eficacia y seguridad de tu sistema de vigilancia.

Sanciones más comunes por incumplimiento de la RGPD y LOPDGDD

Si no se cumplen las normativas, la AEPD puede imponer sanciones como:

  • Multa económica: Dependiendo de la gravedad de la infracción, las multas pueden ir desde 900€ hasta 600.000€ en los casos más graves.
  • Requerimiento de cese: Se puede ordenar el cese inmediato de las cámaras hasta regularizar la situación.
  • Obligación de informar: Si no se ha notificado correctamente a las personas afectadas, la AEPD puede exigir que se haga de inmediato.
  • Inspecciones y auditorías: En algunos casos, la AEPD realiza inspecciones para verificar el cumplimiento de la normativa.

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Alternativas para evitar las multas por instalación de cámaras de vigilancia

Una de las opciones más seguras y que cumplen con la legalidad, es contratar un sistema de alarmas que incluya cámaras de videovigilancia para aumentar la protección del inmueble. A continuación, te mostramos las más destacadas:

Pack para Pisos
PRECIO
19,90 €
durante 6 meses
POST OFERTA
39,89 €
al mes
IMPORTE
GRATIS
instalación y equipo
FOTODETECTOR:   1

Pack Básico Hogar
PRECIO
19,90 €
durante 4 meses
POST OFERTA
42,35 €
al mes
IMPORTE
GRATIS
instalación y equipo
Nº DE ACCESOS:   3
PERMANENCIA:   24 meses
FOTODETECTOR:   1

Pack Básico Hogar
PRECIO
19,90 €
durante 12 meses
POST OFERTA
41,40 €
al mes
IMPORTE
GRATIS
instalación y equipo
Nº DE ACCESOS:   3
PERMANENCIA:   24 meses
EXTRA:   Protección contra Incendio
FOTODETECTOR:   3

Del mismo modo, has de tener en cuenta la normativa que rige los sistemas de seguridad para así evitar las posibles sanciones por falsas alarmas.

Preguntas frecuentes sobre las sanciones por poner una cámara de vigilancia

¿Dónde está prohibido colocar cámaras de seguridad?

Está prohibido instalar cámaras de seguridad en los siguientes lugares:

  • Áreas privadas ajenas: No se pueden colocar cámaras que apunten directamente a propiedades privadas de terceros, como viviendas o jardines de vecinos.
  • Lugares donde se afecte la intimidad: No se permite la instalación de cámaras en áreas donde se pueda comprometer la intimidad de las personas, como baños, vestuarios o dormitorios.
  • Áreas públicas sin autorización: No se pueden instalar cámaras en espacios públicos sin la autorización correspondiente de las autoridades locales.

¿Dónde sí es posible instalar cámaras de vigilancia?

Es posible instalar cámaras de vigilancia en:

  • Propiedades privadas propias: Siempre que no se graben áreas privadas de terceros y se informe adecuadamente de la existencia de las cámaras.
  • Negocios y comercios: Para proteger la seguridad de empleados, clientes y bienes, cumpliendo con las normativas de información y transparencia.
  • Áreas comunes de comunidades de vecinos: Con la autorización de la comunidad y siempre respetando la privacidad de los vecinos.
  • Espacios públicos: Con la debida autorización de las autoridades municipales y cumpliendo con la normativa de protección de datos.